Cambios para pedir la nacionalidad española por residencia

A principios del mes de junio, en el marco del XXV Encuentro de la Abogacía sobre Derecho de Extranjería y Asilo, celebrado en Málaga, se apuntó que el proceso para solicitar la nacionalidad española sufriría algunos cambios. Esto lo comunicó personalmente el Subdirector general de Nacionalidad y Estado Civil, pero hasta no se había concretado mucho más.

A día de hoy, por eso, ya se cuentan con datos más concretos. Este nuevo proceso, tal y como sale anunciado en el BOE, se pone en marcha a partir del día 15 de octubre de este mismo año. A partir de ahora, se deberán tener en cuenta los siguientes puntos:

  • Para la concesión de la nacionalidad española por residencia nos tendremos que regir por lo que se haya dispuesto en el Código Civil. El reglamento que salga publicado llevará incluidas las especialidades propias del procedimiento, como en el caso del personal que está al servicio de las Fuerzas Armadas.
  • La tramitación se deberá hacer de forma electrónica, avanzando así en el objetivo de reducir los papeles en la administración española. La instrucción de la misma corresponde a la Dirección General de los Registros y del Notariado. Si hay cualquier documento referido a este proceso, éste también tendrá que efectuarse de forma electrónica.
  • Será imprescindible, como siempre ha sido, que los requisitos exigidos por parte del Código Civil sean acreditados debidamente. Esto significa que se deberán aportar los documentos y pruebas necesarias para ello. Recordamos aquí la necesidad de que los documentos aportados estén legalizados para ser usados en nuestro país y traducidos a alguna lengua del estado en caso de estar en otro idioma.

Realización de pruebas

Para acreditar que se tiene una buena integración en la sociedad española, el interesado deberá superar dos pruebas:

  • La primera es la del idioma. Toda persona que solicite la nacionalidad por residencia deberá demostrar que se tienen suficientes conocimientos de la lengua española. Concretamente será necesario un A2 o superior (DELE). Para justificarlo, se hará un examen, pero si la persona proviene de un país en donde el español sea idioma oficial, entonces estará exento de realizar dicha prueba.
  • La segunda es para evaluar el conocimiento que se tiene de la Constitución española, la realidad social y la cultura del país. Este segundo examen lo realiza el Instituto Cervantes y estarán exentos de ello los mejores de dieciocho años y las personas que tengan una capacidad modificada judicialmente. Este examen también se conoce con el nombre de CCSE, “Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España”.

El proceso tiene un coste de 100 euros, que deberá ser pagado en el plazo y en las condiciones que correspondan. Es importante recordar que no podemos solicitarlo si antes no hemos hecho (y superado) los exámenes, tanto el de idioma como el de cultura general. Si una solicitud llega sin estar completa, se anula.

Como los exámenes dependen de una institución concreta, estos deberán hacerse cuando la entidad lo marque. No será posible ninguna otra alternativa no oficial, ya que no serviría para nada y quedaría automáticamente anulado.

Por si es de vuestro interés, compartimos las próximas fechas de examen:

  • Para el examen DELE (idioma): para este año solo quedan dos convocatorias: el 16 de octubre (aunque el plazo para inscribirse ya se ha caducado) y el 20 y 21 de noviembre, que si os interesa os debéis inscribir antes del 14 de octubre. Para el año 2016 hay un total de cinco convocatorias, la primera de ellas el 15 de abril.
  • Para el examen CCSE (cultura y demás): para este año queda la convocatoria del 29 de octubre y la del 26 de noviembre, ambas abiertas a inscripciones (para la primera las inscripciones son ahora, desde el uno de octubre hasta el día quince). Para el 2016 están previstas diez convocatorias, que serán todos los meses excepto agosto y diciembre.

Es importante que si tenéis intención de presentaros a ellos estéis atentos a los plazos de inscripción. Al haber pocas convocatorias al año (sobre todo en el primer caso) más vale revisar bien la información para que no tengamos que esperarnos dos meses más a que convoquen la próxima.