¿Cómo homologar títulos académicos extranjeros?
Si tenéis títulos extranjeros de educación superior expedidos por centros extranjeros y queréis homologarlos para que sean útiles en España, seguid leyendo, esta entrada es para vosotros.
Pasos para homologar títulos
Homologar un título académico es la garantía de que podréis ejercer, si se da el caso, de vuestra profesión en nuestro país. Toda la información aquí expuesta está sacada de la web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Para cualquier duda o actualización, se debe consultar la web, ya que allí encontraréis siempre la información más reciente o cambios posibles.
¿Quién puede pedirlo?
Pueden pedir la homologación del título todos aquellos que sean titulados en el extranjero y que sean de educación superior (por ejemplo grados, posgrados, másters, etc.). Una vez el título quede homologado, pasará a ser tan oficial como cualquier otro expedido en este país, tanto a efectos prácticos como profesionales.
• Cuando sean títulos concretos para pasarse a los actuales grados existentes, la competencia recae en la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
• Cuando se trate de posgrados y doctorados, la competencia recae en las universidades, concretamente en los rectores de las diferentes universidades que existen en nuestro país.
¿Cómo empezar?
Lo primero que se debe hacer es una instancia, que se puede obtener en la sede electrónica o bien descargando el documento en la web citada anteriormente. La primera opción ofrece más ventajas, ya que con la sede electrónica se puede conocer en todo momento cómo va el trámite, tendiendo además un buzón de contacto exclusivo. Si se opta por la descarga y presentación a la administración, cualquier duda o consulta se tendrá que hacer mediante los servicios existentes de Atención al Ciudadano (proceso mucho más lento).
La solicitud de homologación no se iniciará hasta que se haga el pago de la correspondiente tasa, que a día de hoy es de 94,70 para casos de licenciado (también incluye ingenieros y arquitectos) y de 47,35 para títulos de diplomado (que también incluye ingenieros técnicos y arquitectos técnicos).
El pago en España se realizará a través del documento impreso oficial modelo 790, que deberá hacerse efectivo en un banco o caja de ahorros compatible con el sistema. Si el pago se hace desde el extranjero, se tendrá que hacer un ingreso o transferencia a favor del Ministerio (0182 2370 44 0200203771 del BBVA)
¿Qué documentación que se debe llevar?
• Copia compulsada del documento nacional de identidad
• Copia compulsada del título que se desea homologar
• Copia compulsada de la certificación académica dónde se indique los estudios que se han realizado para obtener el título (duración oficial, plan de estudio, asignaturas cursadas, etc.)
Las copias deben ser compulsadas y en caso de duda se mostraran los originales. Para compulsar se podrá hacer en el mismo registro del Ministerio, en delegaciones y subdelegaciones del gobierno, embajadas y consulados y delante notario.
Si un documento está en otro idioma que no sea el castellano, se tendrá que presentar una traducción jurada.
Una vez hecho tal trámite, tocará esperar la resolución oficial. Las opciones son: o bien os la pueden denegar o bien os la pueden aceptar, aunque algunas veces la homologación puede quedar condicionada a que se superen algunos requisitos formativos complementarios. Eso pasa porque el programa no es el mismo y se necesita más conocimiento sobre un tema concreto para ejercer en España. Cuando pasa esto, en el documento que se da constarán esas carencias.
Si todo está correcto, se avisará de que ya se podrá recoger el credencial y la documentación correspondiente. Este documento conforme ya se dispone del título homologado podrá recogerse personalmente o bien por una persona autorizada. El lugar principal en dónde se recoge dicho documento es en la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones, que está en Madrid, pero si se desea se podrá solicitar el envío a el área de Alta Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma en donde se resida. En caso de vivir fuera de España se podrá pedir que se envíe en la Consejería de Educación de la Embajada de España en donde se esté. En caso de haber aportado algún documento original, se tendrá que pedir su devolución (aunque lo más normal es haber entregado copias compulsadas).