Información sobre el Real Decreto-ley 11/2018
A partir del Real Decreto-ley 11/2018, con fecha del 31 de agosto, hemos podido saber que va a haber una modificación de la disposición final séptima de la Ley 39/2015, por la cual el 2 de octubre de este año debían entrar en vigor las previsiones para la administración electrónica, cuya implementación ahora se ve retrasada hasta el año 2020.
Sin duda, esto trastoca los planes de una administración que esperaba digitalizar trámites burocráticos y así agilizarlos y facilitarlos.
En cambio, la sentencia 55/2018 (24 de mayo) del Tribunal Constitucional dictaminó que la Ley 39/2015 era inconstitucional al permitir que con carácter excepcional las consejerías adoptaran normas reglamentarias.
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En busca de la interoperabilidad
Antes de que dicha ley pueda tener efecto deberán afinarse algunos de los factores técnicos y procedimentales.
Si se quiere conseguir una interoperabilidad, la gestión de datos y el sistema de notificaciones no están optimizados.
En caso de haber entrado en vigencia esta ley, el registro electrónico único habría salido adelante y facilitado las gestiones con la administración electrónica.
Lógicamente, al no garantizarse la interoperabilidad necesaria para que se puedan conectar las entidades, lo más seguro es detener el proceso hasta subsanarlo técnicamente.
Objetivo: aprovechar las nuevas tecnologías para gestiones
El mundo actual avanza en clave tecnológica y parece que el Estado español no ha estado a la altura para cumplir con los requisitos técnicos necesarios.
La digitalización se está ampliando cada vez más en diferentes ámbitos y es cuestión de tiempo que esta implementación tenga lugar, pero de momento tendrá que esperar.
El servicio telemático debe tener el respaldo tecnológico para atender tanto a ciudadanos como personas jurídicas, y simplemente han existido los medios suficientes para cumplir los plazos.
Se prevé que próximamente llegue la implementación del Portal Tecnológico de la Administración General del Estado, mediante el cual los ciudadanos podrían gestionar sus trámites a cualquier hora.
Si bien hay lugar para la esperanza ya que Hacienda ha podido adaptarse a los tiempos que corren mediante el uso de Internet, un certificado, el teléfono móvil o un PIN de 24 horas de validez, la Administración General no ha conseguido cumplir los plazos.
Por otro lado, el único sistema operativo soportado es Windows, por lo que el creciente número de usuarios de Mac no podrán operar.
Quizás la ampliación del plazo por un tiempo de dos años adicionales podría servir para solventar esta otra complicación.
¿Cómo afecta al ciudadano la no interoperabilidad?
En cuanto a la relación online, la normativa contempla el carácter de obligatoriedad a procuradores, abogados y personas jurídicas. Por el momento, las personas físicas no tienen esta condición. Ahora bien, el ciudadano tiene derecho a relacionarse electrónicamente, algo que ahora mismo debe posponerse, siendo una limitación clara al ejercicio de sus derechos.
Lo cierto es que en nuestro país existe una carencia digital importante. De hecho, la Ley 39/2015 ya establece la importancia de una administración electrónica (cuyo plazo inicial de entrada en vigor pasó del 2 de octubre de 2018 al 2 de octubre de 2020), que a muchos funcionarios y entidades les costará a asumir. De ese modo, tanto las instituciones como los operadores jurídicos deberán seguir trabajando en pro de obtener dicha modernización.
Si apostamos definitivamente por la interoperabilidad, la coordinación del Estado es clave. Dada la amplitud de la geografía española, se ha visto desbordado y tendrá que trabajar muy duro para llegar a la fecha prevista. Ahora bien, el problema de gestión ante el gran cambio no solo es tecnológico sino humano.
A nivel local, las Diputaciones también ejercen un papel fundamental al funcionar como asistentes, prestando servicios de apoyo a nivel tecnológico, especialmente en el mundo rural, donde la administración electrónica adquiere más importancia.
Preparación insuficiente para ofrecer servicio telemático
Hasta el momento no se estaba preparado para ofrecer servicio telemático a ciudadanos y personas jurídicas al tratarse básicamente de un tema complejo que requiere tiempo. Además, la falta de funcionarios y medios han hecho más complicado el proceso de transformación.
El Portal Tecnológico de la Administración General del Estado está aún por desarrollar y, supuestamente una vez se ponga en marcha, el ciudadano podrá hacer tantos trámites crea conveniente, las 24 horas del día, a través del certificado correspondiente. Sin embargo, pese a que es muy necesario, aún no se ha puesto en marcha como debería.
Aún no está muy claro cómo se va a organizar todo a nivel tecnológico, lo que sí hay es una fecha a la que hay que ver cómo se llega. Y es que a modo de ejemplo, en lo que se refiere únicamente a la Administración de Justicia de las Comunidades Autónomas existen hasta ocho sistemas procesales informáticos distintos, lo que impide el envío de documentación de una a otra.
Organizar la gestión del cambio, una cuestión fundamental
Saber organizarse para pasar del sistema del papel al digital es fundamental. Con respecto a Hacienda, el proceso ha llegado a buen término, pues el ciudadano cuenta con varias opciones para acceder y gestionar diferentes trámites, ya sea a través del certificado digital, del teléfono móvil, internet o un pin disponible 24 horas. Sin embargo, a nivel de Administración General del Estado es algo que aún está pendiente.
Uno de los problemas de la interoperabilidad que deben solucionarse guarda relación con la imposibilidad de utilizar otro sistema operativo que no sea Windows. De hecho, los usuarios de Mac se encuentran desamparados en este sentido.
Otro de los problemas que se presentan tiene que ver con la accesibilidad del nuevo entorno digital a través del móvil. Muchos ciudadanos emplean su dispositivo móvil y contar con una aplicación ayudaría bastante para que pudieran gestionar sus trámites.
Lo más curioso de todo es que los problemas digitales que presentan nuestras administraciones, están resueltas en la abogacía institucional a través de sus diferentes aplicaciones y herramientas tecnológicas. Incluso los abogados cuentan con un carnet con certificado ACA para realizar gestiones ante el Catastro, el Registro Mercantil o Hacienda.