Los permisos de larga duración a veces provocan confusión entre sus beneficiarios porque hay varios modelos. Concretamente, tenemos por ejemplo la tarjeta de residencia permanente, la de larga duración y –y aquí llega la confusión- la tarjeta de larga duración de la Unión Europea. Se llaman igual, pero tienen diferencias.
De hecho, hay dos modelos, ya que la primera y la segunda son lo mismo. Hace ya algunos años, en el 2009, la reforma de la Ley de Extranjería cambio el nombre a este permiso. Los efectos son los mismos, pero ahora se llama larga duración y se debe ir renovando cada 5 años. Eso sí, permite residir y trabajar en España sin problemas.
La diferencia con la tarjeta de larga duración europea es básicamente que esta última permite vivir y trabajar en cualquier país de la UE, recibiendo el mismo trato en cualquier caso.
Cómo pasar de una a la otra
Es posible que muchas personas tengan la tarjeta española y quieran pasarse a la europea. Esto puede hacerse sin problemas una vez se ha caducado la tarjeta (que recordemos que es cada 5 años) o bien en cualquier momento que se quiera. No hay problema con esto.
Características básicas de ambas tarjetas
- La tarjeta de larga duración: podrán acceder a ella todas las personas que hayan residido en España durante los últimos cinco años de una manera continuada y que cumplan las condiciones que se requieren. También se puede pedir si se tiene alguna vinculación con el país. Por ejemplo: si se es beneficiario de alguna pensión, si se ha nacido en el país, si habíamos sido españoles en nuestro origen, si hemos contribuido al progreso económico, etc. ¿Te la pueden anular? Sí, obviamente sí. Si se comprueba que se ha hecho uso fraudulento, si nos ausentamos durante 12 meses o bien si hubiésemos adquirido la residencia de larga duración en otro país miembro de la Unión.
- La tarjeta de larga duración UE: se creó en el año 2003 para facilitar que las personas que tuvieran las tarjetas de larga duración en los diferentes estados miembros pudieran circular libremente por Europa. En España está vigente desde el año 2006 y coexisten ambas tarjetas. Como tienen nombres muy parecidos, a veces es normal que haya confusión. Básicamente lo que se permite con esta tarjeta es que se pueda trabajar y residir en cualquier país que forme parte de la Unión de una forma indefinida, recibiendo el mismo trato social y económico que el resto de ciudadanos. Para pedirla es un poco el mismo proceso: se debe demostrar que se ha residido en el país durante un mínimo de cinco años, así como acreditar que se tienen suficientes recursos económicos para mantenerse (también la familia, si se tiene). Si se pierde por algún motivo no penalizador, se puede volver a pedir. Por ejemplo, si nos tenemos que ausentar durante un par de años, luego al volver la podemos volver a solicitar sin problemas.