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¿Quién puede pedirlo?
Para muchas empresas y empleadores este tipo de procesos son complejos y les hacen perder mucho tiempo, por eso en J&D Immigration Advisers ofrecemos todo nuestro conocimiento para acelerar el proceso y tramitarlo de la forma más ágil y sencilla para todas las partes implicadas.
Para muchas empresas y empleadores este tipo de procesos son complejos y les hacen perder mucho tiempo, por eso en J&D Immigration Advisers ofrecemos todo nuestro conocimiento para acelerar el proceso y tramitarlo de la forma más ágil y sencilla para todas las partes implicadas.
Razones por las que se necesita el permiso de trabajo
El principal requisito para pedir y tramitarlo en España es que la persona a la que se vaya a contratar no sea española ni resida actualmente en España. Ese es el principal motivo por el cual se debe de tener y tramitarlo de la forma correcta.
Requisitos para obtenerlo
Hay que tener en cuenta que en función del país de origen del empleado, los requisitos pueden ser distintos. Cada país tiene sus propias normativas y hay que comprobarlas y tenerlas en cuenta a la hora de preparar la documentación necesaria, y eso para muchas personas individuales puede ser una pérdida de tiempo, ya que no son expertos en la materia, pueden olvidar alguno de los documentos necesarios y, por lo tanto, necesitaría volver a empezar todo el proceso de nuevo.
Como el tiempo siempre es muy importante, nosotros le facilitamos ese proceso lo máximo posible para que pueda contar con el permiso en regla lo más pronto posible.
¿Cómo se obtiene el permiso de trabajo?
Cuando se realiza la solicitud, se presenta en la oficina de Extranjería, se tienen en cuenta las tasas de residencia y trabajo y en menos de tres meses contará con uno.
En J&D Immigration Advisers trabajamos con un equipo de abogados expertos con más de 20 años de experiencia en el sector que le aseguran un procedimiento ágil, sencillo y nada complicado, necesario para poder empezar a trabajar en España con todas las garantías.
DOCUMENTACIÓN GENERAL
Documento que acredite que contamos con medios de vida para residir en España. Por ejemplo, un contrato de trabajo o un aval bancario.
Fotocopia del número de identificación de extranjeros o de la tarjeta de residencia..
Fotocopia del pasaporte en todas sus páginas.