Si realizáis trámites de carácter internacional, seguramente hayáis usado o oído hablar de la apostilla de La Haya, que generalmente ya se conoce como “apostilla” y ya está, aunque eso no significa que sea la única que exista.
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¿Qué es la Apostilla de La Haya?
La apostilla de La Haya es un método que se ha adoptado para poder simplificar la legalización de documentos para que éstos puedan ser verificados de una forma más rápida posible. Normalmente, cuando se tiene que hacer uso de documentación en un país que no es el nuestro, debe hacerse previamente una legalización para que puedan ser oficiales en otros países. Esto quitaba mucho tiempo y hacía que los trámites se retrasaran mucho, por lo que se acabó firmando este acuerdo que hoy en día lo firman 107 países de todo el mundo, entre ellos España. Dicho acuerdo se firmó el 5 de octubre de 1961, en la que se conoce como la Convención de La Haya o la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado.
Esta apostilla es un documento que se adjunta a la documentación a presentar, y en nuestro país por ejemplo se puee conseguir fácilmente de forma electrónica mediante una aplicación oficial llamada “E-App”, que sustituye a la firma ológrafa para acelerar trámites y favorecer la reducción de papeles en la administración pública. Para proteger toda la información y tener constancia de ella, hay lo que se llama un registro electrónico de apostillas, el “e-Register”, que ha ido sustituyendo los ficheros manuales de apostillas en formato físico y que permite una consulta mucho más rápido y un acceso remoto desde cualquier parte del estado.
La Apostilla en España
En nuestro país, la generación de este documento está regulada por el Real Decreto 1497/2011, de 24 de octubre. Esta ley hace distinción entre documentos, separándolos por si son administrativos, notariales o judiciales, por ejemplo.
Documentos que pueden apostillarse
- Documentos judiciales: son los que se han emitido con una finalidad judicial en cualquier jurisdicción del país.
- Documentos administrativos: certificaciones de carácter oficial que provengan de documentos privados, como el registro de un documento, certificaciones sobre la certeza de una fecha o un hecho, documentos con firmas notariales, etc.
Entre los documentos que NO pueden apostillarse nos encontramos los que han sido expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares, los que estén relacionados de forma directa con una operación comercial o bien aduanera o bien, los que hayan sido fruto de otros convenios internacionales existentes y que por tanto estén exentos y no necesiten ser apostillados.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier ciudadano que tenga un documento público que necesite ser autenticado podrá presentar la solicitud para apostillarlo. Hoy en día, con la existencia de la aplicación electrónica, el proceso es bastante más fácil: el interesado podrá presentar la solicitud delante de la Autoridad que le corresponda y acto seguido podrá entrar en la aplicación y descargarse la apostilla a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
Otras informaciones de interés
Si se quiere apostillar, la persona interesada podrá ir a cualquiera de estas oficinas:
- En la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia o bien en sus gerencias territoriales y oficinas delegadas que existen en todo el estado, incluyendo Ceuta y Melilla.
- En las Secretarías de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, tanto a nivel general como territorial, incluyendo también Ceuta y Melilla.
- Para los documentos privados y/o notariales que llevan la firma legitimada del notario, la apostilla podrá realizarse en Colegios Notariales (o Notarios a quienes se les haya delegado dicha función).
- Para los documentos públicos judiciales que hayan sido expedidos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, este trámite podrá realizarse en las sedes de la Secretaría del Gobierno en los respectivos tribunales o bien a quien ellos mismos deleguen.
Resumiendo, la apostilla de La Haya está permitiendo que cualquier documento que haya sido certificado mediante este trámite, podrá (y deberá) ser reconocido en cualquier otro país que haya firmado el convenio sin que tenga que aportar ningún otro tipo de autenticación.