Siempre hemos hablado aquí en la web de la importancia de la legalización de los documentos cuando se quiere hacer uso de ellos a nivel internacional, ya que es la única manera de demostrar en otro país cualquier cosa que necesites como contratos de trabajo, títulos académicos o acreditaciones de nivel económico, entre otros.
En los procesos de expatriación pasa lo mismo: es de vital importancia que todos los documentos estén debidamente legalizados para que puedan ser efectivos, sino, difícilmente tendrán algún efecto en el país destino. Básicamente, los documentos más importantes serían estos:
- Títulos académicos (sobre todo los regulados)
- Carta de asignación
- Cartas de referencias laborales
- Certificado de antecedentes penales emitido por el país de origen
- Certificado médico
Estos serían los más básicos, pero es posible que la empresa pueda pedir algunos más. También, en el caso de ir con la familia, es normal que se pidan los documentos legalizados del certificado que demuestra el matrimonio, las acreditaciones del libro de familia para los hijos, certificados académicos en caso de tener niños en edad escolar que deban continuar allí sus estudios, etc.
¿Cómo se legaliza un documento? ¿Qué proceso debemos seguir?
Existen dos maneras de proceder según el país en donde se expidan los documentos:
- Caso 1: mediante la Apostilla de La Haya. Se trata de un convenio firmado en la Haya (de allí el nombre) en 1961. Facilita que los ciudadanos miembros de los países que forman parte de dicho acuerdo puedan legalizar de una forma más simplificada y con un sello oficial que se llama “Apostilla de La Haya”. Estos son los países: Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Belarús, Bélgica, Belice, Bosnia Herzegovina, Botswana, Brunei Darussalam, Bulgaria, Chipre, Colombia, Cook Islas, Croacia, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fidji, Finlandia, Francia, Granada, Grecia, Honduras, Hong-Kong, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macao, Macedonia, Malawi, Malta, Marshall Islas, Isla de Mauricio, México, Mónaco, Montenegro, Namibia, isla de Niue, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos (que incluye las Antillas Holandesas y Arube), Panamá, Polonia, Portugal (que incluye todo el terreno de la República), Reino Unido (que por extensión también se aplica a: Anguila,Jersey, Bailia de Guernsey, Isla de Man, Bermuda, Territorio Antártico Británico, Islas Caimán, Islas Falkland, Gibraltar, Montserrat, Santa Elena, Islas Turks y Caicos y las Islas Vírgenes), República Checa, República Eslovaca, Rumanía, Rusia, Federación de Samoa, San Cristóbal y Nieves, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Serbia, Seychelles, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Suriname, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania y Venezuela.
- Caso 2: mediante la vía diplomática. Es el proceso para todos aquellos países que no forman parte de dicho convenio. Para ello se debe buscar profesionales competentes que puedan legalizar de forma oficial estos documentos.