Existen muchas vías para adquirir la nacionalidad en España, y una de ellas es la que contamos a continuación. Esta forma de nacionalidad incluye diferentes características y situaciones que deben cumplir las personas afectadas, extranjeros que viven en España, para poder recurrir a ella. Estas son las situaciones, según el Ministerio de Justicia:
- Las personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
- Las personas cuyo padre o madre sea español y haya nacido en España.
- Las personas cuya determinación de la filiación (determinar quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. En esta ocasión, el plazo para optar a la nacionalidad es de 2 años desde que se determina.
- Las personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. En este caso existe el derecho a optar hasta que se cumpla el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
Se ha de acudir siempre al Registro Civil con toda la documentación necesaria. En muchos casos, realizar este trámite puede ser complejo, la información que existe puede abrumar y confundir y por ello es imprescindible contar con un equipo de expertos y profesionales que le ayuden a hacer la elección correcta, a contar con toda la documentación necesaria y ahorrarse tiempo y muchos problemas. En muchas ocasiones, las personas necesitan este trámite lo más pronto posible y sí lo hacen solos, pueden cometer algún error que retrase mucho tiempo el proceso. En J&D Immigration Advisers somos expertos en la materia y le garantizamos que realizaremos el trámite lo más rápido posible, de la forma más segura y ahorrándole así mucho tiempo y problemas burocráticos.
Una posibilidad similar es la que se ofrece a las personas mayores de 14 años. En este caso, deben acudir acompañados de su tutor legal.
En estas solicitudes se deben presentar una serie de documentos imprescindibles para poder solicitar la tramitación, a saber:
- Modelo de solicitud normalizado.
- Pasaporte actualizado
- Certificado de nacimiento
- Justificante del pago de la tasa correspondiente
- Certificado del centro de acogida que acredite su integración
- Tarjeta de indentidad
- Documento que acredite la representación legal
- Certificado de empadronamiento
El modelo de solicitud se puede encontrar aquí.
Aunque sea una modalidad de tramitación diferente, la realidad es que dura lo mismo que la nacionalidad por residencia. Desde que se hace la solicitud hasta que se obtiene respuesta definitiva pasan de 2 años y medio a 3.
Un dato a tener en cuenta es que se recomienda no abandonar España en ese periodo por si pudiera afectar negativamente tanto a nivel de nacionalidad como de residencia.
A lo largo del periodo de 2-3 años en que se valora la adecuación o no de la nacionalidad por opción, puede consultarse el estado del expediente en el Ministerio de Justicia.
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