Si estamos interesados en invertir en Estados Unidos, debemos saber que existen dos tipos de visados: el “Visado de Comerciante por Tratado (E-1)” y el “Visado de Inversor por Tratado (E-2)”. Según nuestras necesidades y objetivos necesitaremos una u otra, pero lo que sí que debemos tener claro es que ninguna de ellas sustituye un visado de inmigrante. Si nuestra intención es quedarnos a vivir en Estados Unidos, entonces deberemos solicitar el visado que corresponda.
Estos visados de comerciantes e inversores son para aquellas personas que tengan nacionalidad de cualquiera de los países en donde actualmente exista un tratado de comercio y navegación con EUA y que tenga por objetivo visitar el país para establecer algún tipo de negocio importante o bien para dirigir o coordinar alguna operación empresarial en donde se haya invertido gran cantidad de capital.
Requisitos para el visado E-1, comerciantes
- Como ya hemos dicho, el principal requisito es que la persona solicitante tenga nacionalidad de algún país en donde exista un tratado.
- La empresa en donde trabaja el solicitante, debe ser del mismo país y por tanto deba tener permiso para realizar tratados con Estados Unidos.
- El comercio que se realice debe de tener importancia, o sea, gran capital invertido o espera de grandes resultados.
- La relación tendrá que ser entre los Estados Unidos y el país del tratado principalmente, lo que significa que más dl 50% del comercio se deberá hacer entre estos dos países.
- Cuando se habla de comercio se refiere básicamente al intercambio internacional tanto de mercancías como de servicios y/o tecnología. El derecho para comercializar estos bienes deberá pasar por ambos países.
- Por último, la persona solicitante deberá tener un alto cargo de la empresa y conocer a la perfección los detalles de la operación a desarrollar y las características del producto.
Requisitos para el visado E-1, inversores
Los requisitos para este segundo tipo de visado son muy parecidos al anterior. Básicamente la diferencia está en que en este caso se trata de invertir, por lo que:
- La inversión a realizar debe ser alta, suficiente para que la empresa pueda funcionar. Si se quiere invertir en una empresa de bajo coste se tendrá que invertir un porcentaje más alto que no si la empresa es de alto coste.
- Toda inversión debe provenir de empresas en funcionamiento. Si se trata de una inversión de carácter especulativo o iniciativas, no se tendrán en cuenta.
- Tampoco se permiten inversiones marginales. La cantidad invertida debe generar unos ingresos que permitan la subsistencia del inversor y su familia, o bien repercutir de forma relevante en los Estados Unidos.
- El inversor deberá ir a Estados Unidos para llevar a cabo la operación. Tendrá que ir el inversor principal o bien un representante suyo que ocupe un alto cargo en la empresa.
Para solicitar estos visados tendremos primero que demostrar que cumplimos con los requisitos establecidos y llevar la documentación que se nos pida. Todos los solicitantes deben pasar una entrevista con un oficial consular y se revisará por parte de la Embajada de Estados Unidos en Madrid. Cabe decir que las personas que posean este tipo de visados no tienen límite de tiempo para estarse en el país, pero eso sí: deben seguir ocupando el mismo cargo en la empresa.