Hay muchos estudiantes (sobre todo de tercer ciclo) que son contratados en España para poder trabajar. Según datos del propio Ministerio de Trabajo e Inmigración, este último año han crecido las empresas en nuestro país que han contratado extranjeros no comunitarios que están en situación de estudiantes. Básicamente esto se ha hecho gracias a la Ley de Emprendedores y el Reglamento de Extranjería.
¿Cuáles son las opciones que se suelen utilizar?
Hay tres:
- En primer lugar, los posgrados académicos
- En segundo lugar, la modificación de estudiante para conseguir la autorización de residencia
- Y en tercer lugar, la contratación a tiempo parcial.
La Ley de Emprendedores establece en su artículo 71c que todos los profesionales que sean altamente cualificados podrán solicitar una autorización de trabajo. Esta autorización tiene validez en todo el territorio nacional y básicamente tiene el objetivo de que las empresas que requieran profesionales extranjeros puedan incorporarlos de la forma más fácil posible.
¿Hay más opciones?
Sí, hay otra opción posible a parte de las tres descritas. Se trata de poder obtener la autorización de trabajo siendo estudiante y teniendo una autorización de residencia. Para poder acogerse a esta opción, hace falta cumplir ciertos requisitos:
– En primer lugar, demostrar que se lleva tiempo en España y que por tanto el carnet de estudiante tiene como mínimo tres años de antigüedad.
– También se tendrá que demostrar que se han superado los estudios que se han realizado en España de una forma óptima y bien aprovechada.
– Y por último, también es necesario que el estudiante no haya sido nunca becado ni subvencionado por organismos ni fonos públicos o privadas dentro de los programas de cooperación o de desarrollo.
Si se opta por esta vía, se tendrá también que:
- Acreditar que se está actualmente matriculado en un centro público o privado y disponer de una tarjeta de estudiante que esté vigente en el momento de hacer la solicitud.
- Todas las empresas que quieran contratar a estas personas extranjeras deberán presentar la solicitud oficial de autorización en la Oficina de Extranjería que corresponda. Este paso se hace para comprobar que la empresa no tienen deudas ni problemas con Hacienda ni con la Seguridad Social.
- Formalizar un contrato entre ambas partes. Este deberá ser a tiempo parcial para que el estudiante pueda compaginar sus estudios con su trabajo. Es importante que quede constado de que no se puede trabajar en el horario en que se tienen clases. Se pueden hacer jornadas completas, pero el tiempo máximo solo pueden ser tres meses (y siempre en periodos no lectivos, como el verano).