La nacionalidad española se puede adquirir según lo estipulado por el Código Civil en el artículo 17 y siguientes. Para resumirlo en pocas palabras, este es un documento que se puede obtener a través de la residencia, por opción, una carta de naturaleza, entre otros motivos más que han sido establecidos por la normativa reguladora en esta materia.
Para poder profundizar y conocer más al respecto, el órgano competente para brindar instrucción al respecto en torno a los procesos de adquisición de la nacionalidad española, es la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Tabla de contenidos
Caminos para conseguir la nacionalidad española
Para que se comprenda de una manera rápida cuáles son los caminos para conseguir la nacionalidad española, se presenta el siguiente listado:
Por residencia en España – Se necesita de una duración en el territorio español de 10 años. De todos modos, son suficientes cinco años para las personas que han obtenido la condición de refugiado y de dos años si son nacionales de origen de países iberoamericanos, Filipinas, Andorra, Portugal o Guinea ecuatorial. También puede ser de residencia de un año para algunos casos determinados.
Por nieto de españoles – Es una medida aplicada en favor de los que padecieron la persecución por la violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura. En este caso hay la posibilidad de adquirir por opción la nacionalidad española de origen si esa persona corresponde con que su padre o madre fue originariamente español y los nietos fueron quienes perdieron o tuvieron que renunciar a esta nacionalidad debido al exilio.
Por opción – Las personas pueden ejercitar este derecho si su padre o madre fueron originalmente españoles y si se formaliza su declaración en un plazo de dos años a partir de la entrada en vigor de esta disposición.
Para sefardís – Los sefardíes son los judíos que vivieron en la península ibérica y de manera particular a los descendientes que tras los Edictos de 1492 que comprendían a una conversión forzosa o su expulsión a través de esta vía drástica.
Otras vías – También se contempla dentro de este espectro de alternativas, la adquisición de la nacionalidad por nacimiento, deriva activa o por carta de naturaleza. Según sea el caso más conveniente para optar por este documento, habrá que analizar las condiciones y trámites que se pueden realizar, para así dar continuidad a este proceso ante las entidades pertinentes.
Se recomienda considerar e informarse con antelación a todas las personas respecto a las posibilidades de gozar de la doble nacionalidad según sea el país desde el que como nativo o persona de esa nación se está haciendo el trámite para poder obtener la nacionalidad de España.