TIPO DE AUTORIZACIÓN

Es una autorización que solicitan los extranjeros desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividad laboral.

Requisitos para la residencia temporal no lucrativa

– Para su sostenimiento mensualmente el 400 % del IPREM, que en este año 2013 asciende a 2.130,04 euros.- Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM que en este año 2013 asciende a 532,51 euros.

Procedimiento para presentar la solicitud de residencia temporal

Tasas del Modelo 790 código 052

– Tasas por expedición de visado…………………………………………………………60 euros.

– Tasas por autorización de residencia: Modelo 790 código 052…………………10,30 euros.

Plazo de resolución

El plazo de notificación de la resolución es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

– Solicitud de tarjeta de estudiante extranjero, en modelo oficial (EX-17) Justificante del abono de la tasa de la tarjeta que asciende a 15,15 euros.- Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

Tipo de documentación requerida

En el momento de presentar la solicitud de residencia temporal no lucrativa, el interesado aportará copias de los siguientes documentos y deberá mostrar in situ los originales: 

De igual forma, a través de certificaciones de acciones o participaciones en empresas radicadas en España, con declaración jurada acreditando que el solicitando no ejerce ninguna actividad laboral. 

Si se aportan documentos de países extranjeros, deberán presentarse traducidos al castellano o en la lengua del territorio donde se presente la solicitud. 

Cualquier documento público extranjero tendrá que ser legalizado por la Oficina consular de España, con jurisdicción en el país desde donde se haya expedido el mismo, o por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en los siguientes casos: