Los permisos de residencia no lucrativa están pensados para aquellas personas que quieren venir a España a vivir pero no necesitan trabajar porque por ellos mismos ya tienen suficientes recursos económicos para mantenerse. Se pide desde el propio país de origen. En cambio, si lo que la persona desea es teletrabajar en España, lo que necesitará es un visado de nómada digital
Cómo solicitar el permiso de residencia no lucrativa
¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo?
- No se puede ser ciudadano de la Unión Europea. Del mismo modo, tampoco se podrá formar parte del Espacio Económico Europeo o Suiza, ni tampoco ser familiar de ciudadanos que habiten en uno de estos países.
- No se debe estar en territorio español de forma irregular.
- Debemos demostrar que no tenemos antecedentes penales en el país, ni tampoco en otros países si la causa del proceso es delito en España (esto por ejemplo no se aplica en caso de refugiados políticos, etc.)
- No podemos tener prohibida la entrada en el país ni tampoco estar en la lista de personas rechazables en alguno de los países con quien España mantenga convenio.
- Demostrar tener suficientes medios económicos para manteneros, tanto a nosotros mismo como a nuestros familiares si fuera así el caso. Los medios que se disponen deben garantizar tanto la estancia como el regreso al país de origen. Importante: no es necesario que el dinero esté depositado en un banco español. Mientras esté a nombre del solicitante del permiso, el dinero puede estar en cualquier banco del mundo. Eso sí, tiene que ser una entidad bancaria solvente y reconocida.
- Tener un seguro médico, ya sea público o privado. Dicha entidad deberá estar autorizada para poder actuar en España si así fuera necesario.
- No tener ninguna enfermedad que implique peligrosidad de contagio (según el Reglamento Sanitario Internacional del año 2005)
- No podemos haber iniciado ningún proceso de compromiso de no retorno a España (es decir, que nos hayamos acogido a un programa de retorno voluntario).
¿Qué documentos necesitamos presentar?
- La solicitud del visado de residencia
- Pasaporte, o bien, título de viaje. Será imprescindible que sea válido en España y que como mínimo tenga una vigencia de un año.
- Certificado de antecedentes penales. Este documento se debe pedir en el país de origen o bien en el país en donde se haya vivido los últimos cinco años.
- Documentos que acrediten la solvencia económica. No hace falta que sean solamente libretas de ahorro: se pueden aportar títulos, cheques, etc.
- La documentación referida a las cuestiones médicas y de salud.
Todos los documentos aportados deberán estar en castellano o lengua cooficial del territorio en donde se presente (Cataluña, País Vasco, etc.). Si algún documento no lo estuviera, entonces se debe aportar su traducción jurada. En muchos casos, dependiendo del país de donde se provenga, los documentos también deberán ser legalizados si se quiere que sean válidos en nuestro país.
¿Cómo debemos proceder?
Estando en el país de origen, la persona interesada deberá dirigirse a la oficina consular española de su territorio para proceder a la solicitud del permiso (en caso de ser menor de edad, deberán hacerlo sus padres o tutores legales).
Previo pago de tasas, la solicitud podrá tardar unos tres meses como máximo en hacerse efectiva (importante: si se tardara más de tres meses, se da a entender que se ha desestimado). Una vez aceptada, el solicitante tendrá un mes para recogerlo y tendrá un plazo de tres meses para entrar en España.
Este permiso tiene una vigencia temporal de un año a partir de la fecha en que se marca que se ha entrado en el país. Es obligación de la persona el tener que solicitar de forma personal una tarjeta de identidad que le acredite como extranjero, y que deberá tramitarse en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía en donde se resida. Para tramitar la tarjeta se deberá mostrar el pasaporte, pagar una tasa y aportar tres fotografías de carné (en color y fondo blanco).
El permiso se podrá renovar en un futuro si se mantienen las condiciones (es decir, mientras se tenga suficiente dinero para mantenerse y para mantener a la familia que le acompaña si es que la hubiera). Debemos recordar también que las personas que lo soliciten no podrán trabajar, al menos durante el primer año.