Apostilla de La Haya en documentos extranjeros

La apostilla de La Haya es la verificación en forma de sello o anotación en un documento público determinado de que éste ha sido firmado por las personas o cargos autorizados para ello y puede tramitarse con el país al que se dirija.

Los países que se encuentran entre los que, en su momento, acordaron el XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, son unos países determinados, así que se deberá tener en cuenta que el país con el que se tramita la documentación pública pertenece al convenio. Si accede al enlace que le facilitamos aquí, podrá comprobar qué países forman parte del convenio y cuáles no.

Para qué neceitamos la Apostilla de La Haya

De esta manera, lo que se evita con la apostilla es el hecho de legalizar cada vez la documentación pública que debe tramitarse con otro país. Así, todo documento que contenga la apostilla, ya no tendrá que legalizarse a través del consulado para ser válido en un país extranjero.

  • ¿Con qué documentos puede utilizarse?

Tendrán cabida todos los documentos que provengan del Administración Judicial, es decir, la documentación proveniente de una institución o persona autorizada judicialmente; así como también, los que provienen de una institución pública administrativa, es decir, todos aquellos documentos emitidos por las instituciones públicas que acompañan a privados.

Asimismo, no podrá aplicarse la apostilla de La Haya en documentos como, por ejemplo, los que se tramitan en los diferentes consulados; tampoco los que provienen de procedimientos propios de la compraventa comercial o aduanera, y menos aún los documentos que no se tengan que apostillar ni que legalizar según los Convenios Internacionales. Le recomendamos que consulte a un profesional siempre que tenga dudas al respecto.

  • ¿Todo el mundo puede tramitar La Apostilla?

Sí. Cualquier persona que necesite apostillar un documento, puede hacerlo.

  • ¿Dónde?

En primer lugar, en el caso en que el documento tenga que ver con documentación pública administrativa o judicial, la persona deberá dirigirse al Ministerio de Justicia. Si se encuentra en Ceuta o Melilla, a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, a las Oficinas Delegadas o a la Secretaría de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia que allí encontrará.

En segundo lugar, si su documento tiene que ver con administración gestionada ante notario o privada firmadas ante notario, entonces la persona deberá dirigirse a los Colegios Notariales o a los notarios que deseen.

En tercer y último lugar, si lo que desea apostillar es de tipo Público y proviene de la administración judicial, la persona ha de dirigirse a los secretarios de Gobierno de los tribunales que deseen.

Sobre todo, tenga en cuenta que deberá, tanto para solicitar como para presentar su documento apostillado, solicitar cita previa a través de la Web del Ministerio de Justicia.

Le recomendamos que tenga a mano, siempre, su Documento Nacional de Identidad (DNI) o su Número de Identidad de extranjero (NIE), así como el Número de Identidad Fiscal/Código de Identificación Fiscal (NIF/CIF) de la empresa que lleva a cabo el trámite por si fuese necesario.