Trabajar en Estados Unidos requiere contar con la autorización migratoria adecuada. En la mayoría de los casos, eso significa obtener un visado de trabajo antes de entrar al país. Sin el visado correcto, ni siquiera quienes viajan bajo el Programa de Exención de Visado (VWP) o con un visado de turismo B1/B2 pueden prestar servicios remunerados.
Esta guía cubre los principales tipos de visados de trabajo para EEUU, tanto temporales como permanentes, el papel del empleador como patrocinador, el proceso de solicitud paso a paso y la vía hacia la residencia permanente por empleo.

Tabla de contenidos
- 1 Visados de trabajo temporales (no inmigrante)
- 1.1 Visado H-1B: profesiones especializadas
- 1.2 Visado L-1: transferencia intraempresarial
- 1.3 Visado O-1: habilidades extraordinarias
- 1.4 Visado TN: profesionales del Tratado USMCA
- 1.5 Visado E-2: inversor en empresa
- 1.6 Visado H-2A: trabajadores agrícolas temporales
- 1.7 Visado H-2B: trabajadores no agrícolas temporales
- 2 Visados de inmigrante por empleo: las categorías EB
- 3 El papel del empleador como patrocinador (sponsor)
- 4 Proceso de solicitud de un visado de trabajo para EEUU paso a paso
- 5 Tarifas y costes asociados al visado de trabajo
- 6 Cómo solicitar cita en la embajada de EEUU en España
- 7 De visado de trabajo a Green Card: residencia permanente por empleo
- 8 Restricciones de entrada y cambios en política migratoria
- 9 Resumen: puntos clave sobre los visados de trabajo para EEUU
- 10 Asesoramiento legal para solicitar visado de trabajo en Estados Unidos
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Visados de trabajo temporales (no inmigrante)
Los visados de no inmigrante permiten trabajar en EEUU durante un periodo determinado, vinculados generalmente a una oferta de empleo concreta. A continuación se describen los más relevantes.
Visado H-1B: profesiones especializadas
Es el visado de trabajo más solicitado es el visado H-1B. Se dirige a profesionales que van a desempeñar una ocupación especializada, es decir, que requiere al menos un título universitario de cuatro años (o su equivalente) en un campo específico de conocimiento.
- Perfil típico: ingenieros, informáticos, arquitectos, médicos, analistas financieros, profesores universitarios.
- Duración: hasta 3 años, renovable por otros 3 (máximo 6 años en condiciones normales).
- Requisito clave: el empleador debe presentar una Oferta de Condiciones Laborales (LCA) ante el Departamento de Trabajo (DOL) antes de iniciar la petición ante el USCIS.
- Límite anual: existe un cupo de 65.000 visados por año fiscal, con 20.000 adicionales para titulados de másteres o doctorados de universidades estadounidenses.
Visado L-1: transferencia intraempresarial
Permite a empleados de empresas multinacionales trasladarse a una filial, subsidiaria o empresa matriz en EEUU. Existen dos subcategorías:
- L-1A: para directivos y ejecutivos. Permite una estancia de hasta 7 años.
- L-1B: para trabajadores con conocimientos especializados. Permite una estancia de hasta 5 años.
El solicitante debe haber trabajado para la empresa en el extranjero durante al menos 1 año continuado en los 3 años previos a la solicitud.
Visado O-1: habilidades extraordinarias
Está diseñado para personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios, atletismo o la industria audiovisual. Se exige demostrar un nivel de logro que sitúe al solicitante entre los mejores de su campo.
- O-1A: ciencias, negocios, educación y atletismo.
- O-1B: artes y cine/televisión.
- Evidencias habituales: premios internacionales, publicaciones en medios especializados, contratos de alto valor, membresías en asociaciones de élite.
Visado TN: profesionales del Tratado USMCA
Exclusivo para ciudadanos mexicanos y canadienses. El Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (USMCA, sucesor del TLCAN) permite a profesionales de determinadas categorías trabajar en EEUU de forma más ágil. Los ciudadanos españoles no pueden acceder a esta categoría.
Visado E-2: inversor en empresa
Permite a nacionales de países con tratado de comercio con EEUU (entre ellos España) trabajar en una empresa en la que han realizado una inversión sustancial. No establece un mínimo fijo de inversión, pero en la práctica las solicitudes suelen superar los 100.000 dólares.
- La empresa debe estar activa y generar (o tener capacidad para generar) beneficios más allá del simple sustento del inversor.
- El visado se puede renovar indefinidamente mientras la empresa siga operativa.
Visado H-2A: trabajadores agrícolas temporales
Permite a empleadores del sector agrícola contratar trabajadores extranjeros de forma temporal cuando no hay suficiente mano de obra local disponible. Requiere certificación previa del DOL y es específico para labores de temporada o intermitentes.
Visado H-2B: trabajadores no agrícolas temporales
Similar al H-2A pero para sectores no agrícolas con necesidades de mano de obra estacional, como hostelería, construcción o paisajismo. También requiere certificación del DOL y tiene un cupo anual limitado.
Visados de inmigrante por empleo: las categorías EB
A diferencia de los visados temporales, las visas de inmigrante por empleo (categorías EB) llevan directamente a la residencia permanente en EEUU, es decir, a la Green Card. Existen cinco categorías principales, ordenadas por prioridad.
EB-1: trabajadores con prioridad
Es la categoría más alta. Incluye tres perfiles:
- EB-1A: personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo. No requiere oferta de trabajo ni patrocinador.
- EB-1B: profesores e investigadores destacados con reconocimiento internacional y al menos 3 años de experiencia en su campo.
- EB-1C: directivos y ejecutivos de multinacionales transferidos a EEUU.
EB-2: profesionales con titulación avanzada o habilidades excepcionales
Dirigida a profesionales con título de máster o superior, o con habilidades excepcionales en ciencias, artes o negocios. En ciertos casos, el solicitante puede pedir una exención de interés nacional (NIW), que elimina la necesidad de patrocinador si se demuestra que el trabajo beneficia a EEUU.
EB-3: profesionales cualificados y trabajadores
Incluye tres subcategorías:
- Profesionales con título universitario de cuatro años.
- Trabajadores cualificados con al menos 2 años de formación o experiencia.
- Otros trabajadores para puestos que no requieren formación especializada (cupo muy limitado).
Generalmente requiere patrocinio del empleador y certificación laboral del DOL (proceso PERM).
EB-4: inmigrantes con categoría especial
Incluye radiodifusores, trabajadores religiosos, empleados de organismos internacionales, ciertos médicos y otros perfiles específicos definidos por la legislación migratoria estadounidense.
EB-5: inversores inmigrantes
Permite obtener la Green Card a través de una inversión significativa que cree puestos de trabajo en EEUU. Los requisitos principales son:
- Inversión mínima de 1.050.000 dólares en general, o 800.000 dólares si la inversión se realiza en una zona de empleo específica (TEA).
- Creación de al menos 10 empleos a tiempo completo para trabajadores estadounidenses.
- La inversión puede realizarse directamente o a través de un Centro Regional aprobado por el USCIS.
El papel del empleador como patrocinador (sponsor)

En la mayoría de los visados de trabajo, el empleador estadounidense actúa como patrocinador (sponsor). Esto implica una serie de obligaciones formales y económicas que conviene entender desde el principio.
¿Qué significa patrocinar a un trabajador?
El empleador que patrocina a un trabajador extranjero asume la responsabilidad de presentar la petición ante el USCIS, cumplir con los requisitos del Departamento de Trabajo y, en muchos casos, cubrir los costes del proceso. También se compromete a pagar al trabajador el salario prevalente en su sector y región, conforme a las normas de la LCA.
Certificación laboral del Departamento de Trabajo (proceso PERM)
Para las categorías EB-2 y EB-3 (y algunas H-2), el empleador debe obtener una certificación laboral del DOL antes de iniciar la petición de Green Card. Este proceso, conocido como PERM (Program Electronic Review Management), demuestra que no existe mano de obra estadounidense disponible y cualificada para el puesto.
El proceso PERM implica:
- Publicar el puesto de trabajo durante un periodo determinado y documentar los esfuerzos de reclutamiento.
- Demostrar que ningún trabajador estadounidense disponible y cualificado fue rechazado para el puesto.
- Presentar el formulario ETA-9089 al DOL para obtener la certificación.
El tiempo de tramitación del PERM puede variar entre varios meses y más de un año según la carga de trabajo del DOL.
Proceso de solicitud de un visado de trabajo para EEUU paso a paso
El camino para obtener un visado de trabajo varía según la categoría, pero el flujo general para visados con patrocinador sigue estos pasos:
- Oferta de trabajo: el empleador en EEUU realiza una oferta de empleo formal al candidato extranjero.
- Certificación laboral (si aplica): para visados que lo requieran (como EB-2 y EB-3), el empleador inicia el proceso PERM ante el DOL.
- Petición ante el USCIS: el empleador presenta el formulario correspondiente (por ejemplo, el I-129 para visados temporales o el I-140 para visados de inmigrante). El USCIS evalúa si el caso cumple los requisitos.
- Aprobación y número de visa: una vez aprobada la petición, si el solicitante está fuera de EEUU, el caso se transfiere al Centro Nacional de Visas (NVC), que asigna un número de visa y prepara el expediente consular.
- Solicitud de cita en la embajada o consulado: el solicitante programa una cita en la Embajada o Consulado de EEUU en su país de residencia (en España, en Madrid o Barcelona). Para ello debe pagar la tarifa MRV (actualmente 190 dólares para la mayoría de visados de no inmigrante) y completar el formulario DS-160 en línea.
- Entrevista consular: el solicitante acude a la entrevista con la documentación requerida: pasaporte válido, confirmación del formulario DS-160, justificante del pago de la tarifa, foto reciente y los documentos de soporte del caso (aprobación del USCIS, contrato de trabajo, titulaciones, etc.).
- Examen médico (para visados de inmigrante): las solicitudes de Green Card requieren un examen médico realizado por un médico designado por la embajada.
- Emisión del visado y entrada en EEUU: si la entrevista es satisfactoria, el consulado emite el visado. Al entrar en EEUU, el oficial de aduanas (CBP) determina el período de admisión autorizado.
Tarifas y costes asociados al visado de trabajo
Los costes varían según el tipo de visado y quién asume el pago (empleador o solicitante). A continuación se recogen las principales tarifas:
- Tarifa MRV (entrevista consular): 190 USD para la mayoría de visados de no inmigrante (H, L, O, TN).
- Formulario I-129 (petición empleador para visados temporales): 730 USD de tarifa base, más recargos adicionales según el caso (tarifa de formación, tasas anti-fraude, etc.). Para el H-1B, los recargos pueden superar los 2.500 USD.
- Formulario I-140 (petición de inmigrante): 715 USD.
- Procesamiento premium (I-907): 2.805 USD para obtener una decisión en 15 días hábiles (disponible para ciertos visados).
- Tasas consulares para visados de inmigrante: 325 USD por solicitante principal, más 325 USD por cada derivado.
En muchos casos, los costes del empleador (I-129, tasas de formación) no pueden trasladarse al trabajador por ley. Conviene revisar con un abogado de inmigración quién asume cada gasto.
Cómo solicitar cita en la embajada de EEUU en España
Los residentes en España tramitan su visado de trabajo en la Embajada de EEUU en Madrid o en el Consulado General en Barcelona. El proceso para programar la cita consular es el siguiente:
- Completar el formulario DS-160 en la web del Departamento de Estado y guardar el número de confirmación.
- Pagar la tarifa MRV y guardar el justificante.
- Crear una cuenta en el portal de citas ais.usvisa-info.com y programar la cita de entrevista.
- Acudir a la cita en la fecha y hora asignadas con todos los documentos requeridos.
Los tiempos de espera para conseguir cita pueden variar considerablemente. En periodos de alta demanda, la espera puede ser de varias semanas o incluso meses, por lo que se recomienda iniciar el proceso con la mayor antelación posible.
De visado de trabajo a Green Card: residencia permanente por empleo
Muchos trabajadores que llegan a EEUU con un visado temporal tienen la posibilidad de transitar hacia la residencia permanente. Algunos puntos clave:
- Los titulares de visado H-1B pueden tener una petición I-140 aprobada mientras trabajan en EEUU, lo que les permite extender el H-1B más allá del límite de 6 años mientras esperan su número de visa.
- Los titulares de L-1A pueden solicitar directamente la categoría EB-1C, que no requiere proceso PERM.
- Las categorías EB-1A y EB-2 NIW no necesitan patrocinador, por lo que el propio trabajador puede autogestionarse la solicitud.
- Una vez aprobado el I-140 y disponible el número de visa (según el Boletín de Visas mensual del Departamento de Estado), el solicitante puede ajustar su estatus a residente permanente presentando el formulario I-485 si está dentro de EEUU, o tramitando el visado inmigrante en el consulado si está en el extranjero.
Restricciones de entrada y cambios en política migratoria

La normativa de inmigración laboral en EEUU puede cambiar por decisiones administrativas o legislativas. En los últimos años se han publicado proclamaciones presidenciales que han afectado temporalmente a la emisión de ciertos visados de trabajo, incluyendo H-1B, L-1 y H-2B.
Antes de iniciar cualquier proceso, se recomienda:
- Consultar el Boletín de Visas actualizado del Departamento de Estado para conocer las fechas de prioridad vigentes en categorías EB.
- Verificar si existen proclamaciones presidenciales activas que restrinjan la entrada de nacionales de determinados países.
- Revisar las instrucciones actualizadas del USCIS y de la embajada, ya que los procedimientos y tarifas pueden variar.
La información migratoria cambia con frecuencia. Contar con el asesoramiento de un abogado de inmigración especializado es la forma más segura de garantizar que el proceso se lleva a cabo correctamente.
Resumen: puntos clave sobre los visados de trabajo para EEUU
- Trabajar en EEUU sin la autorización adecuada, incluso con visado de turismo, es ilegal y puede resultar en deportación y prohibición de entrada.
- Los visados temporales más comunes son el H-1B (profesiones especializadas), el L-1 (transferencia intraempresarial), el O-1 (habilidades extraordinarias) y el E-2 (inversor).
- Las categorías EB-1 a EB-5 permiten obtener la Green Card a través del empleo, con distintos requisitos según el perfil del solicitante.
- El empleador que patrocina a un trabajador debe, en muchos casos, obtener una certificación laboral del DOL (proceso PERM) antes de presentar la petición ante el USCIS.
- El proceso incluye pasos ante el DOL, el USCIS y finalmente la embajada o consulado, con costes que pueden superar varios miles de dólares.
- Los plazos son variables y conviene iniciar los trámites con la mayor antelación posible.
Guía completa: tipos de visados para Estados Unidos.
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