La crisis hace mella en todos los sectores de población, sin embargo, la comunidad inmigrante sufre las consecuencias de la carencia de trabajo desde otro punto de vista. Así según datos de expertos de extranjería, en los últimos seis meses se han denegado más de 25.000 solicitudes entre permisos de trabajo, renovaciones de permisos de trabajo y residencia y reagrupaciones familiares.

Se trata de unos datos aproximados que reflejan una de las consecuencias de la coyuntura económica que, en la actualidad, se vive a nivel estatal. «Estamos hablando de que se están dejando de renovar los permisos a gente que lleva años trabajando pero que, por la crisis, no han estado trabajando en los últimos meses y para la renovación es necesario probar que se llevan más de seis meses trabajando», manifestó un abogado experto en extranjería.

La ley se está aplicando «a rajatabla» y por ello consideró que «en lugar de endurecer la normativa deberían flexibilizar las leyes porque se está marginando al colectivo de inmigrantes, porque dicen que sobran y por ello desarrollan planes de retorno voluntario o fomentan la contratación en origen, pero no contratan a las personas que ya están aquí». También se están denunciado que se están incrementando los controles policiales. «Se están llevando a cabo más redadas porque la policía está intensificando los controles.

Por otro lado, en lo que se refiere a las solicitudes de reagrupaciones familiares, alertan de que «se están exigiendo varias nóminas con los salarios más altos posibles dentro de la legislación y creemos que es más importante el derecho de las personas a vivir con sus familiares, unas personas que pagan sus impuestos e hipotecas».

Una de las principales causas de denegación de las solicitudes de renovación de los permisos de residencia y trabajo en la actualidad, es la tenencia de antecedentes, penales o policiales.

Son numerosas las solicitudes de renovación que la Delegación de Gobierno está desestimando por la mera existencia de unos antecedentes, antecedentes que han podido originarse simplemente porque en alguna ocasión el extranjero se ha visto involucrado en algún percance que ha supuesto su detención, aunque posteriormente el asunto haya sido archivado (antecedentes policiales).

Puede ocurrir también que el extranjero haya sido condenado por algún tipo de delito, y a pesar de haber cumplido la pena al no haber solicitado la cancelación de los antecedentes su solicitud de residencia y trabajo se vea afectada por los mismos (antecedentes penales).

La Delegación de Gobierno, sin analizar el tipo de antecedentes, la gravedad del delito, si la pena está cumplida o no y lo que es más importante las circunstancias personales del solicitantes (arraigo, familia etc…) desestima las solicitudes de renovación de los permisos de residencia y trabajo dictando en ocasiones la orden de abandonar el país en un plazo de quince días.

Todos los extranjeros no comunitarios residentes en España deberán considerar a partir de ahora los siguientes requisitos para tramitar la renovación de sus permisos de trabajo y residencia:

1. Poder acreditar uno de los siguientes supuestos:

a. Continuar con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que va a renovar.

b. Haber realizado actividad laboral durante un mínimo de 6 meses por año

c. Haber realizado actividad laboral durante un mínimo de 3 meses por año, siempre que:

I. La relación laboral se interrumpió por causas ajenas al trabajador

II. Se ha buscado activamente empleo como demandante, inscrito en el Servicio Público de Empleo

III. Disponga de un contrato de trabajo en vigor

2. Deberá aportar la siguiente documentación:

– Vida laboral

– Copia del contrato de trabajo

– Si la relación laboral fue de 3 meses, deberá acreditar que ha buscado activamente empleo y acreditación de la relación laboral anterior

– Se introduce como nuevos requisitos los siguientes:

a. Si tiene hijos, acreditar que están escolarizados mediante Certificado expedido por Centro Escolar

b. Acreditar requisitos económicos suficientes si tiene cónyuge e hijos, considerando las cuantías establecidas en los índices IPREM

Además, se establece la posibilidad de presentar la solicitud de renovación de la siguiente forma:

1. Ante la Oficina de Extranjería correspondiente, mediante petición de cita. Actualmente, están dando la cita para Septiembre de este año

2. Ante los Registros públicos y dirigido a la Oficina de Extranjería correspondiente

3. Por Correos y dirigido a la Oficina de Extranjería correspondiente