El certificado de antecedentes penales es un documento que tiene el objetivo de demostrar que no se tienen antecedentes penales en el país, o bien si se tienen, cuales son.
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Cómo solicitar el certificado de antecedentes penales
El organismo que se ocupa de dicho trámite es el Ministerio de Justicia. En su página web se pueden encontrar todos los requerimientos para solicitarlo, así como toda la información relacionada con ello. Nosotros aquí mencionaremos los aspectos más importantes.
Solicitarlo presencialmente o por correo postal
A no ser que se haga la gestión de forma electrónica, los requisitos para solicitar el documento serán los siguientes:
• La solicitud: se deberá tener el documento Modelo 790, que se puede descargar en la web o bien pedirlo físicamente en las gerencias territoriales del Ministerio, en los Registros civiles o bien en la Oficina Central de Atención al Ciudadano.
• Acreditar la identidad: para poder demostrar que somos quien decimos ser, hará falta presentar el DNI. Se puede mostrar el original o bien una copia compulsada. Si no se dispone de dicho documento se puede mostrar la tarjeta de residencia, el pasaporte, el carnet de conducir o el documento de identificación comunitario. Estos documentos deben estar en vigor. En caso que estemos pidiendo el certificado para otra persona que no seamos nosotros, entonces deberemos llevar su documento de identidad y también un documento oficial conforme se demuestre que somos representantes de aquella persona. Normalmente esto lo puede hacer un notario o empleado público, según el caso y la situación
• Abonar la tasa correspondiente: se tiene que demostrar que se ha pagado la tasa para poder completar la solicitud. Esta tasa, que hoy día está a 3,66 euros, se podrá pagar de varias formas: en primer lugar mediante banco electrónico, en el cual hará falta una firma electrónica. Se podrá hacer indicándolo en la misma página web del Ministerio. Otra forma de hacerlo es la de toda la vida: coger el impreso 790 y dirigirse a una entidad bancaria a pagar. Esta entidad tiene que ser colaboradora de la Agencia Tributaria (casi todas lo son, pero mejor primero asegurarse). Si se reside en otro país se debe mirar bien que entidades bancarias permiten esta operación, aunque también se puede hacer con una transferencia bancaria. En este último caso en la web encontraréis el número de cuenta (en este caso BBVA) y el código IBAN correspondiente.
¿Quién puede solicitarlo y/o presentarlo?
En principio toda persona adulta puede hacerlo. Si se necesita para una persona jurídica, entonces se deberá hacer mediante un representante. Si la persona no es de España pero si de la Unión Europea, entonces en su certificado se puede incluir la información que hay en el Registro del Estado de su nacionalidad.
Si se es extranjero y se quiere usar el certificado de penales fuera del país, entonces será necesario legalizarlo previamente. Eso tiene que comunicarse en la oficina de expedición, y se tiene que decir en qué país se va a usar.
Casos en los cuales se expide el certificado
Existen dos casos: el primero, si lo pide personalmente la persona interesada o bien su representante. El segundo, cuando un trámite lo requiere. Este segundo caso es muy amplio: existen convenios entre el Ministerio de Justicia y diferentes órganos competentes para poder facilitar su gestión. Algunos de estos organismos son:
• Ministerio del Interior. Guardia Civil: licencias de armas, oposiciones, cancelaciones de antecedentes policiales, permisos de residencia, servicios de protección y seguridad, etc.
• Ministerio del Interior. Policía: servicios de protección y seguridad, selección de personal y oposiciones, cancelación de antecedentes penales, etc.
• Ministerio de Defensa: selección de oficiales de diferentes ámbitos (tierra, mar, aire), selección de reservistas voluntarios, concesión de recompensas militares, etc.
¿Cómo solicitarlo y/o presentarlo?
Hay tres formas de hacerlo: con una solicitud presencial, por correo postal o bien por Internet, en dónde hará falta disponer de certificado digital para la realización de los trámites.
En caso que no se desee el certificado de antecedentes penales pero sí conocer la información que encuentra sobre uno mismo en el Registro Central de Penados, entonces no hará falta pagar el abono de la tasa, simplemente se tendrá que pedir y os lo mostrarán (solamente exhibición y siempre bajo acreditación de identidad previa).